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¿Qué responsabilidades tiene su patrono bajo la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo en Puerto Rico?

Por: José M. Flores Santiago, MPH

Según la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo en Puerto Rico, patrono significa e incluye cualquier persona, natural o jurídica y cualquier persona que represente a esa persona natural o jurídica y/o que ejerza autoridad, sobre cualquier empleo o empleado, incluyendo el gobierno del Estado Libre Asociado, las corporaciones públicas y a los municipios.

Este tiene, bajo la ley, la responsabilidad de:
1. Proveer un lugar de trabajo libre de riesgos reconocidos que estén causando o que puedan causar muerte o daño físico a sus empleados.
2. Proveer y asegurar el uso de aparatos de seguridad, salvaguardias y el equipo de protección personal, según sea prescrito o que sea razonablemente necesario, sin costo alguno para cualquier empleado.
3. Cumplir con las normas de seguridad y salud ocupacional promulgadas.
4. Proveer adiestramientos requeridos por las normas de seguridad y salud ocupacional.
5. Mantener los registros de lesiones y enfermedades ocupacionales.
6. Proveer exámenes médicos cuando están requeridos por las normas de seguridad y salud ocupacional y proveer acceso a los empleados a sus registros médicos y de exposición.  
7. No discriminar de los empleados que ejercen sus derechos bajo la ley.
8. Fijar citaciones de OSHA e informar a los empleados de las medidas de corrección que han tomado. 

Si su patrono no cumple con alguna de las responsabilidades, mencionadas anteriormente, usted debe intentar resolver estos asuntos de seguridad y salud ocupacional junto con sus supervisores, gerentes o el comité de seguridad y salud. Pero, en cualquier momento, usted puede quejarse ante su oficina local de Puerto Rico OSHA y pedir una investigación o inspección, si así  lo desea.